Coalición · Congreso · Elecciones generales del 29-N
Frente Amplio
Coalición estatal. Según el anuncio, presente en todas las provincias; en algunas comunidades sus partidos concurren con otras marcas (ver abajo).
Provisional. Según lo anunciado por los partidos y publicado en prensa (actualizado el 17 de octubre de 2026). Las candidaturas oficiales se publican en el BOE el 28 de octubre y se proclaman el 2 de noviembre (calendario de la Junta Electoral Central); entonces lo actualizaremos con la fuente oficial.
Qué partidos forman Frente Amplio
- Sumar Movimiento Sumar
- IU Izquierda Unida
- Más Madrid Más Madrid
- Comuns Catalunya en Comú
- — Batzarre
- — Iniciativa del Pueblo Andaluz
- — Somos Asturies
- — Recortes Cero
- — Partido Humanista
- — otros partidos (15 en total)
En Canarias, Movimiento Sumar e IU concurren en Unidad del Pueblo Canario; en la Comunitat Valenciana, Esquerra Unida concurre en Compromís-Front Valencià.
Fuente: Izquierda Unida: compromiso con el Frente Amplio (11-oct-2026) (oficial) · Público · Infobae, 17-oct-2026
Dónde se presenta Frente Amplio
Congreso · Coalición estatal. Según el anuncio, presente en todas las provincias; en algunas comunidades sus partidos concurren con otras marcas (ver abajo).
Candidatos de Frente Amplio
- Candidata a la Presidencia del Gobierno: Ada Colau, propuesta por IU, Más Madrid, Movimiento Sumar y los Comuns. Fuente: Público
- Encabezan las listas Ada Colau en Barcelona y Emilio Delgado (Más Madrid) en Madrid. Fuente: Infobae, 17-oct-2026
Las listas completas por provincia se conocerán con la publicación oficial de candidaturas.
El acuerdo de coalición
- Coalición estatal registrada antes del cierre del plazo (16 de octubre) con quince partidos y confluencias, sin Podemos. Fuente: Infobae (agencias), 16-oct-2026
Cómo votaron sus partidos en el Congreso (2023-2026)
Votaciones decisivas de la legislatura en las que votaron los dos partidos (sí, no o abstención) y en cuántas coincidieron. Los partidos que compartían grupo parlamentario suelen coincidir más. Metodología.
- Sumar y IU100 % (90 de 90)
- Sumar y Más Madrid100 % (89 de 89)
- Sumar y Comuns100 % (90 de 90)
- IU y Más Madrid100 % (89 de 89)
- IU y Comuns100 % (90 de 90)
- Más Madrid y Comuns100 % (89 de 89)
Antecedentes: cuándo concurrieron juntos
- Por Andalucía (coalición) · Parlamento de Andalucía (2026): 5 escaños para toda la candidatura. Iban juntos: IU, Sumar. Fuente: Parlamento de Andalucía
- IU Aragón-Sumar · Cortes de Aragón (2026): 1 escaño para toda la candidatura. Iban juntos: IU, Sumar. Fuente: Cortes de Aragón
- Sumar (coalición) · Parlamento Europeo (escaños de España, 2024-2029) (2024): 3 escaños para toda la candidatura. Iban juntos: Sumar, Comuns. Fuente: Parlamento Europeo
- Comuns Sumar · Parlament de Catalunya (2024): 6 escaños para toda la candidatura. Iban juntos: Comuns, Sumar. Fuente: Parlament de Catalunya
- Sumar (coalición) · Congreso de los Diputados (XV Legislatura, disuelta el 6-oct-2026) (2023): 31 escaños para toda la candidatura. Iban juntos: Sumar, IU, Más Madrid, Comuns. Fuente: Ministerio del Interior
- Convocatoria por Asturias (IU-Más País-IAS) · Junta General del Principado de Asturias (2023): 3 escaños para toda la candidatura. Iban juntos: IU, Más Madrid. Fuente: Junta General del Principado de Asturias
Comunicados oficiales
Preguntas frecuentes sobre Frente Amplio
¿Forma parte Podemos del Frente Amplio?
No. Podemos solo concurre junto a partidos del Frente Amplio en Canarias (Unidad del Pueblo Canario) y en la Comunitat Valenciana (Compromís-Front Valencià); en el resto de comunidades se presentan por separado. Fuente: Infobae, 17-oct-2026 · Infobae (agencias), 16-oct-2026
¿Pueden los partidos de Frente Amplio presentar también listas propias?
No donde concurre la coalición: la Ley Electoral prohíbe a los partidos coaligados presentar candidaturas propias en una circunscripción en la que se presenta su coalición para la misma elección (artículo 44.3). Fuera de ese territorio, cada partido puede presentarse por su cuenta o en otra coalición. Fuente: Artículo 44 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE) (oficial)
¿Qué tuvo que comunicar la coalición a la Junta Electoral?
Su denominación, las normas por las que se rige y quiénes ocupan sus órganos de dirección o coordinación, en los diez días siguientes a la convocatoria (artículo 44.2). Fuente: Artículo 44 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE) (oficial)
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