Saltar al contenido

Coalición · Congreso · Elecciones generales del 29-N

Compromís-Front Valencià

Comunitat Valenciana (Alicante, Castellón y Valencia).

Provisional. Según lo anunciado por los partidos y publicado en prensa (actualizado el 17 de octubre de 2026). Las candidaturas oficiales se publican en el BOE el 28 de octubre y se proclaman el 2 de noviembre (calendario de la Junta Electoral Central); entonces lo actualizaremos con la fuente oficial.

Qué partidos forman Compromís-Front Valencià

IU concurre a través de Esquerra Unida del País Valencià (EUPV).

Fuente: Infobae, 17-oct-2026 · Actualidad Castellón

Dónde se presenta Compromís-Front Valencià

Congreso · Comunitat Valenciana (Alicante, Castellón y Valencia).

AlicanteCastellónValencia

Candidatos de Compromís-Front Valencià

Las listas completas por provincia se conocerán con la publicación oficial de candidaturas.

El acuerdo de coalición

  • Cerrado justo antes del fin del plazo (16 de octubre). Lo aprobaron Més-Compromís (en torno al 80 %), Iniciativa (87,5 %) y Els Verds (98 %). Fuente: Electomanía

Cómo votaron sus partidos en el Congreso (2023-2026)

Votaciones decisivas de la legislatura en las que votaron los dos partidos (sí, no o abstención) y en cuántas coincidieron. Los partidos que compartían grupo parlamentario suelen coincidir más. Metodología.

Antecedentes: cuándo concurrieron juntos

Preguntas frecuentes sobre Compromís-Front Valencià

¿Aparece Podemos en el nombre de la coalición?

No, aunque forma parte de ella y encabeza la lista por Alicante. Fuente: Infobae, 17-oct-2026

¿Pueden los partidos de Compromís-Front Valencià presentar también listas propias?

No donde concurre la coalición: la Ley Electoral prohíbe a los partidos coaligados presentar candidaturas propias en una circunscripción en la que se presenta su coalición para la misma elección (artículo 44.3). Fuera de ese territorio, cada partido puede presentarse por su cuenta o en otra coalición. Fuente: Artículo 44 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE) (oficial)

¿Qué tuvo que comunicar la coalición a la Junta Electoral?

Su denominación, las normas por las que se rige y quiénes ocupan sus órganos de dirección o coordinación, en los diez días siguientes a la convocatoria (artículo 44.2). Fuente: Artículo 44 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE) (oficial)

Otras coaliciones relacionadas

Todas las coaliciones del 29-N, por comunidad →

Última actualización: