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Coalición · Congreso · Elecciones generales del 29-N

Ara MÉS-Front Ampli

Illes Balears.

Provisional. Según lo anunciado por los partidos y publicado en prensa (actualizado el 17 de octubre de 2026). Las candidaturas oficiales se publican en el BOE el 28 de octubre y se proclaman el 2 de noviembre (calendario de la Junta Electoral Central); entonces lo actualizaremos con la fuente oficial.

Qué partidos forman Ara MÉS-Front Ampli

Fuente: Més per Mallorca: la asamblea avala la coalición (en catalán) (oficial)

Dónde se presenta Ara MÉS-Front Ampli

Congreso · Illes Balears.

Illes Balears

El acuerdo de coalición

Cómo votaron sus partidos en el Congreso (2023-2026)

Votaciones decisivas de la legislatura en las que votaron los dos partidos (sí, no o abstención) y en cuántas coincidieron. Los partidos que compartían grupo parlamentario suelen coincidir más. Metodología.

Antecedentes: cuándo concurrieron juntos

  • Por Andalucía (coalición) · Parlamento de Andalucía (2026): 5 escaños para toda la candidatura. Iban juntos: IU, Sumar. Fuente: Parlamento de Andalucía
  • IU Aragón-Sumar · Cortes de Aragón (2026): 1 escaño para toda la candidatura. Iban juntos: IU, Sumar. Fuente: Cortes de Aragón
  • Sumar (coalición) · Congreso de los Diputados (XV Legislatura, disuelta el 6-oct-2026) (2023): 31 escaños para toda la candidatura. Iban juntos: Sumar, IU, Més. Fuente: Ministerio del Interior

Comunicados oficiales

Preguntas frecuentes sobre Ara MÉS-Front Ampli

¿Está Podemos en esta coalición?

No. Podemos quedó fuera de la coalición al Congreso en Baleares y concurre por su cuenta. Fuente: Més per Mallorca: la asamblea avala la coalición (en catalán) (oficial) · Infobae, 17-oct-2026

¿Pueden los partidos de Ara MÉS-Front Ampli presentar también listas propias?

No donde concurre la coalición: la Ley Electoral prohíbe a los partidos coaligados presentar candidaturas propias en una circunscripción en la que se presenta su coalición para la misma elección (artículo 44.3). Fuera de ese territorio, cada partido puede presentarse por su cuenta o en otra coalición. Fuente: Artículo 44 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE) (oficial)

¿Qué tuvo que comunicar la coalición a la Junta Electoral?

Su denominación, las normas por las que se rige y quiénes ocupan sus órganos de dirección o coordinación, en los diez días siguientes a la convocatoria (artículo 44.2). Fuente: Artículo 44 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE) (oficial)

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