Saltar al contenido

Coalición · Senado · Elecciones generales del 29-N

Lista unitaria de ERC y EH Bildu al Senado

Cataluña y País Vasco.

Provisional. Según lo anunciado por los partidos y publicado en prensa (actualizado el 17 de octubre de 2026). Las candidaturas oficiales se publican en el BOE el 28 de octubre y se proclaman el 2 de noviembre (calendario de la Junta Electoral Central); entonces lo actualizaremos con la fuente oficial.

Qué partidos forman Lista unitaria de ERC y EH Bildu al Senado

Fuente: ERC: ERC y EH Bildu reeditan la coalición al Senado (en catalán) (oficial)

Dónde se presenta Lista unitaria de ERC y EH Bildu al Senado

Senado · Cataluña y País Vasco.

CataluñaPaís Vasco

El acuerdo de coalición

Propuestas comunes de Lista unitaria de ERC y EH Bildu al Senado

Cómo votaron sus partidos en el Congreso (2023-2026)

Votaciones decisivas de la legislatura en las que votaron los dos partidos (sí, no o abstención) y en cuántas coincidieron. Los partidos que compartían grupo parlamentario suelen coincidir más. Metodología.

Antecedentes: cuándo concurrieron juntos

  • Ahora Repúblicas (ERC, EH Bildu, BNG) · Parlamento Europeo (escaños de España, 2024-2029) (2024): 3 escaños para toda la candidatura. Iban juntos: ERC, EH Bildu. Fuente: Parlamento Europeo

Comunicados oficiales

Preguntas frecuentes sobre Lista unitaria de ERC y EH Bildu al Senado

¿Pueden los partidos de Lista unitaria de ERC y EH Bildu al Senado presentar también listas propias?

No donde concurre la coalición: la Ley Electoral prohíbe a los partidos coaligados presentar candidaturas propias en una circunscripción en la que se presenta su coalición para la misma elección (artículo 44.3). Fuera de ese territorio, cada partido puede presentarse por su cuenta o en otra coalición. Fuente: Artículo 44 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE) (oficial)

¿Qué tuvo que comunicar la coalición a la Junta Electoral?

Su denominación, las normas por las que se rige y quiénes ocupan sus órganos de dirección o coordinación, en los diez días siguientes a la convocatoria (artículo 44.2). Fuente: Artículo 44 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE) (oficial)

Todas las coaliciones del 29-N, por comunidad →

Última actualización: